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Asuntos Legales :s

Iniciado por SiPoX, 05 de Diciembre de 2005, 09:03:00 AM

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SiPoX

 Buenas!

Tras una pequeña documentación sobre asuntos legales.. parece que me he quedado un poco desconcertado (y bastante... hum.. desanimado?) al darme cuenta lo complicado que puede ser hacer algo por iniciativa propia. Me explico.. ;) :)

Hará un par de meses.. unos amigos y yo decidimos unirnos en un grupo de desarrollo, con la intención de seguir aprendiendo, crearnos nuevos retos y, en algún futuro, quién sabe si poder vivir de ello. El problema viene de esta última parte... que todo son problemas y más problemas. Ahora estamos con nuestro primer proyecto.. en las primeras fases de desarrollo, por lo que no tenemos ingresos (ni tendremos en corto / medio plazo) para financiar un SL, pagar la sajada de impuestos, nóminas... A través de un familiar, abogado, hemos consultado las otras opciones de constitución... pero ninguna da muchas facilidades. :( De esto deducimos que hasta que no tengamos una fuente (muy muy grande) de ingresos... no podremos
legalizar nada.

Muchos de vosotros desarrollais software por vuestra cuenta, estaís en otros grupos de desarrollo..... también os sentís en esta situación? A la hora de firmar acuerdos con publishers, darse a conocer, identidad corporativa (que a efectos legales no existe)... no sé.. cómo lo veis? cual es vuestra experiencia?... :S estoy de perdido....

Un saludo!
gamevelop: punto de encuentro para la industria del videojuego

Eduardo Millán: mi perfil ;)

seryu

 Mi experiencia es muy mala, asi que animo a grupos como Legend, Exelweis, Nerlaska, etc.. a que nos den su opinion y nos cuenten como han logrado sobrevivir todo este tiempo.

 Aquí va mi opinión sobre la forma más facil de hacerlo. Corregirme si me equivoco.


Forma Jurídica

Lo mejor es que los 3 amigos se pongan de autónomos. Pagareis unos 200 € mensuales de seguridad social y tendreis que declarar IVA e IRPF. A efectos legales no existe persona jurídica ( empresa ), sin embargo podeis trabajar bajo un nombre comercial ( hay que registrarlo ). En muchos casos en vez de registrar nombre comercial se registra un dominio de Internet y se utiliza el mismo como nombre de empresa ( .com incluido ). Es poco probable que alguien funde una sociedad y pretenda ponerle "Pepillo" si el dominio Pepillo.com está registrado a nombre de otra persona. Siempre puede haber un tocahuevos que lo registre como nombre comercial y luego clame que es suyo, pero esto es muy poco probable. Pero ya ves que para tener una "identidad" no hace falta fundar una corporación.


Derechos

Puede trabajar todo el equipo por iniciativa de uno de ellos que sería el jefe el cual lleva las riendas del proyecto. En éste caso el tío contrata y retribuye los servicios de los demás miembros del grupo quedando como titular de los derechos de explotación del juego.
Por otra parte el proyecto podría ser iniciativa conjunta en la que todos toman parte por igual dando lugar a una obra colectiva. En éste caso lo mejor es dejar claro por escrito qué "parte del botín" se lleva cada miembro.


Distribución

Existen servicios ESD ( Electronic Software Distribution ) que permiten la distribución y comercialización de un software en internet de forma segura ( Softwrap, Trymedia ). Es la forma más facil de dar salida a un juego. No hay que firmar ningún contrato. Las empresas que proveen estos servicios, se encargan de la facturación y a veces incluso del soporte técnico. A cambio se llevan una comisión del dinero recaudado por el juego. En el caso de que se quiera distribuir a través de portales especializados como por ejemplo RealArcade.com el titular de los derechos tendrá que cumplimantar algún tipo de contrato electrónico.
Si se quiere distribuir en CD-ROM, habrá que llegar a un acuerdo con un distribuidor y el titular de los derechos tendrá que firmar un acuerdo de distribución. Lo mejor es hacerlo en persona pero se puede hacer por fax. En éste caso no es el distribuidor el que se saca una comisión del dinero recaudado por el juego sino más bien el desarrollador. Estas comisiones se llaman royalties. La mayoría y a menudo la totalidad del pago viene por adelantado. Es preferible negociar un buen adelanto y olvidar los pagos posteriores, que a menudo no llegan nunca.


Responsabilidad

Lo importante aquí es tener en cuenta que si estais de autónomos vuestra responsabilidad es ilimitada y respondeis con vuestro patrimonio personal ante cuestiones de responsabilidad civil que puedan surgir. Para este supuesto lo mejor es no asumir demasiados riesgos. El dedicarse a hacer juegos por cuenta propia y luego comercializarlos implica de por sí un riesgo mínimo. En general los juegos suelen contar con EULAS que defienden a los desarrolladores contra casos "extraños" en los que el usuario pretende que el juego causó "pérdidas de información" al dañar el sistema debido a su malfuncionamiento. En el caso de gente que desarrolla utilidades la responsabilidad es un poco mayor ya que pueden ser denunciados por que su programa no es capaz de cumplir con las funciones que se pretenden, especialmente si las desarrollaron por encargo y se comprometieron a proporcionar unas prestaciones concretas. Sin embargo para quienes desarrollan videojuegos, el hecho de que el juego no funcione o no lo haga correctamente, o sea malo o bueno se resuelve con un reembolso en el peor de los casos. Eso sí, cuando se desarrollan juegos por encargo hay que ir al tanto con lo que se firma. No vayas a garantizar cosas que luego no puedas proporcionar al cliente, y menos aún por escrito.



josepzin

 3 autonomos pueden constituirse como "Comunidad de bienes" o algo asi. Pero ya voy a leer bien el texto, que lo mire muy por arribita.

zupervaca

 
Cita de: "seryu"Mi experiencia es muy mala, asi que animo a grupos como Legend, Exelweis, Nerlaska, etc.. a que nos den su opinion y nos cuenten como han logrado sobrevivir todo este tiempo.
sin animo de ofender ya que es la realidad a una de estas tres empresas se que su padre le pone pasta, no digo cuala para no causar polemica, el que ponga pasta su padre me da envidia si jeje y no lo veo mal en absoluto

Citar3 autonomos pueden constituirse como "Comunidad de bienes"
yo una vez lo mire y con 2 personas valia, pero tiene un problema y es que si no puedes pagar se quedan hasta con tus gallumbos :lol:

josepzin

 Lo de "Comunidad de bienes" es lo mismo que ser Autonomo, la diferencia es que la contabilidad se lleva centralizada en esa "comunidad", y no dividida 3 o 4 contabilidades (por cada autonomo) que la forme.

La figura "básica" es Autónomo, que para emprendimientos que se inician debería tener un riesgo mínimo (ya que uno es el responsable).

Con respecto a la marca, como puede saberse si tal nombre esta registrado? Existe alguna web donde se pueda consultar este tipo de cosas? Como se registra una marca? Alguien sabe?

¿Quien es "Guest"?? :)

Trancos

 pues ve a una oficina de patentes  (nooo)  

josepzin







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