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¿La cuota de autónomo puedo deducirla en la declaración de renta?

Iniciado por J_F_NASH, 29 de Diciembre de 2008, 06:43:42 PM

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J_F_NASH

¿La cuota de autónomo puedo deducirla en la declaración de renta?.


S2.

josepzin

Casi seguro que si, ya le pregunto a mi mujer que es la que se encarga de esos temas :D

TMarco

Como deducción directa, obviamente, no. No tienes rendimiento del trabajo por cuenta ajena (por eso eres autónomo  >.<)

Lo descontarás en los apartados de rendimientos de las actividades profesionales por el lado de los gastos... junto con el resto de gastos de ese bendito autónomo o profesional por cuenta propia  >:D


J_F_NASH

Cita de: TMarco en 30 de Diciembre de 2008, 02:31:34 PM
Lo descontarás en los apartados de rendimientos de las actividades profesionales por el lado de los gastos... junto con el resto de gastos de ese bendito autónomo o profesional por cuenta propia  >:D

1) Bueno, en la declaración trimestral hay una casilla ( la nº 22 -en IVA Deducible-) que dice:
IVA deducible por cuotas soportadas en operaciones interiores.
He sumado todos mis gastos (incluida la cuota de autónomos) y calculado el iva, que finalmente he puesto en dicha casilla ¿es correcto esto?
Todavía no me he metido con la declaración anual  ^_^'.

2) No llego al mínimo interprofesional anual (ni de lejos), de hecho, este mes me he tenido que dar de baja porque no voy a ver un duro. Pero... ¿tengo que darme de alta como autónomo y hacer las declaraciones si veo que el próximo mes voy a cobrar aunque sean "cuatro duros"?. Lo digo porque me pagan por transferencia bancaria y aparecen los datos de la empresa en la cuenta.

S2.

donald

el iva...se trata de ir acumulando y pidiendo tickets de todo lo que compres, ie, equipos, hardware, hasta cafés de comidas de entrevistas con clientes...creo que se aplica... pero no pasarte de listo con gastos personales, porque te pillan.

lo otro que dices, pues... (el mínimo i. lo acaban o van a subir a 626 o algo así..) ...mucha gente lo que hace es "acumular facturas", o sea, si tu tipo de trabajo lo permite, consiguen que el cliente les pague en una fecha determinada -mes- , siempre que sean de confianza! de ese modo, se dan de alta, facturan, y antes de que acabe el mes ese, se dan de baja. Los que tienen más flujo y entrada, pues no, les trae más cuenta y menos lío estar permanentemente dados de alta.
Es que de otra forma, ni comerían.

Para mí que esto está mal hecho. Debiera ser como en otros paises, un porcentaje de ganancias, al menos para el autónomo...que es claramente elmodelo más perjudicado de todos...y sin embargo, genera actividad y riqueza...grrr...
Me paso por aquí de cuando en cuando (1 vez cada 3 o 4 meses) ...así que si no respondo a algo no es por antipático. ;) Posteo, y me acuerdo del foro tres meses después... ;)    :-S

cobo

Me parece que estás liando lo del iva y la  delacaración del irpf anual...

Las cuotas de autónomo no son deducibles en el IVA trimestral. En dicha declaración trimestral sumas por un lado todas las facturas que has emitido con iva y por otro, todas las que has recibido CON IVA... los cupones de la SS no llevan IVA ni facturas ni nada, con lo que no se pueden descontar del IVA.

Sin embargo, sí que son deducibles en la declaración del IRPF anual (la renta, vaya). De hecho, hay una casilla específica que dice algo así como "pagos a cuenta de la SS propias".

Suscribo el consejo que se ha dado de darte de alta de vez en cuando... les pides a quien te facture que te lo haga todo junto en un mes y listo.
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donald

CitarLas cuotas de autónomo no son deducibles en el IVA trimestral. En dicha declaración trimestral sumas por un lado todas las facturas que has emitido con iva y por otro, todas las que has recibido CON IVA... los cupones de la SS no llevan IVA ni facturas ni nada, con lo que no se pueden descontar del IVA.

yep, lo he dicho impreciso. quiero decir que es una forma de amortigüar algo.

CitarSin embargo, sí que son deducibles en la declaración del IRPF anual (la renta, vaya). De hecho, hay una casilla específica que dice algo así como "pagos a cuenta de la SS propias".

Suscribo el consejo que se ha dado de darte de alta de vez en cuando... les pides a quien te facture que te lo haga todo junto en un mes y listo.

bueno, que te facture alguien puede no convenirle a ese alguién ;) Tb depende de muchas cosas, como la cuantía de lo que facturas.

pero amos, por darte d alta un mes y de paso aprovechar pa hacer mas cosillas que pilles ese mes aparte de lo acumulado... ;)


Me paso por aquí de cuando en cuando (1 vez cada 3 o 4 meses) ...así que si no respondo a algo no es por antipático. ;) Posteo, y me acuerdo del foro tres meses después... ;)    :-S






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